2.1. Tokenización y uso del Contrato de Arrendamiento

Este proceso inicia con la solicitud de tokenización por parte del Propietario del inmueble que está en alquiler o que se busca alquilar (se pueden tokenizar contratos desde el momento cero o bien contratos ya existentes).

Desde su perfil de usuario, el propietario interesado deberá completar y adjuntar la información y documentación necesaria para que el equipo de “Análisis de Riesgo” de Nash21 realice las comprobaciones correspondientes tanto en lo que concierne al contrato de arrendamiento -su legalidad y duración- como también al perfil del inquilino y sus circunstancias particulares, para determinar el grado de riesgo de la operación (véase Análisis del Perfil del Inquilino).

Una vez el proceso de análisis ha finalizado y el mismo ha sido aprobado, el NFT representativo del contrato de arrendamiento está en condiciones de ser creado. Por defecto todos los NFTs creados en Nash21 están totalmente garantizados, es decir, los NFTs nacen con el pago del 100% de las rentas aseguradas.

En caso de que el resultado del análisis de riesgo no resultara favorable la operación no se da por finalizada y el equipo de “Análisis de Riesgo” comunicará las cuestiones que precisan ser salvadas o cumplimentadas para lograr la aprobación final. Es posible que en este paso sea requerido sumar un co-solicitante o avalistas o aportar criptoactivos en Staking como colateral por parte del inquilino, para mejorar la evaluación y puntuación de su candidatura.

Una vez el NFT se encuentra generado, se habilitan los diferentes usos y herramientas disponibles.

Cabe destacar que junto con el nacimiento del NFT representativo del contrato de arrendamiento, se otorga a Nash21 la gestión de cobro y pago (administración) de la rentas del contrato de arrendamiento en cuestión. A partir de este momento Nash21 cobrará al inquilino la renta de manera mensual (o de la manera acordada) y la “abonará” al propietario del piso arrendado o bien a quien luego se convierte en tenedor del NFT.

Desde un punto de vista técnico es importante destacar que “el pago/abono” de Nash21 hacia el propietario no implica una acción deliberada o voluntaria, ni siquiera una acción humana, ya que será el SC (smart contract) asociado al NFT quien “disparará” de manera autónoma las rentas correspondiente. De esta manera, ante un eventual impago de las rentas por parte del inquilino, el propietario continuará recibiendo las rentas como si el impago no existiera, ya que será el Fondo de Garantía quien de manera automática dispondrá del dinero correspondiente para la ejecución del SC.

Resumiendo, la solicitud de tokenización de un contrato de arrendamiento implica por defecto lo siguiente:

  1. Análisis de Riesgo y viabilidad de la operación.

  2. Mandato a Nash21 de la gestión de cobranza y pago de las rentas.

  3. Garantización de impago de la totalidad de las rentas.

  4. Acceso a los diversos usos habilitados para los Nfts.

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